El presidente Tabaré Vázquez y sus ministros dispusieron mediante un decreto un conjunto de medidas para comenzar un proceso de ordenamiento y transparencia en las operaciones de transferencia de deportistas profesionales, de tal manera de cumplir con las normas nacionales e internacionales vigentes. El texto agrupa las disposiciones en dos iniciativas principales que son declaración jurada y balances de los clubes.
El decreto firmado por el presidente Vázquez y sus ministros agrupan las medidas en torno a las operaciones de transferencias de deportistas profesionales en dos iniciativas principales.
Declaración Jurada
Como paso previo a cada transferencia, los clubes deberán presentar una declaración jurada en la Secretaría Nacional del Deporte.
Como paso previo a cada transferencia, los clubes deberán presentar una declaración jurada en la Secretaría Nacional del Deporte.
Esta documentación posibilitará identificar con claridad cada una de las partes intervinientes en la transacción, los montos de dinero, su origen, destino y distribución entre las partes, así como, las cuentas desde las cuales se opera.
Balances
Los clubes deberán presentar sus balances a la Secretaría Nacional del Deporte durante los 90 días posteriores a su aprobación en asamblea.
Los clubes deberán presentar sus balances a la Secretaría Nacional del Deporte durante los 90 días posteriores a su aprobación en asamblea.
El hecho de disponer de los balances de cada institución permitirá acceder a la información necesaria para verificar las entradas y salidas de los fondos procedentes de cada transferencia y confirmar que la información se corresponde con el contenido de las declaraciones juradas presentadas oportunamente.
En el caso del fútbol, el ingreso de dinero obtenido a través de la trasferencia de jugadores es una de las fuentes fundamentales de la economía de los clubes.
El decreto reconoce esa realidad, pero apunta a establecer las condiciones necesarias para que las transferencias se ajusten a derecho y que la circulación del dinero de cada operación pueda ser sometido a los controles correspondientes en cumplimiento de las normas nacionales y los compromisos asumidos por el país ante organismos internacionales.
El nivel de requerimientos es muy básico y la información obra en poder de los clubes o puede ser obtenida fácilmente. En tal sentido, se trata de avanzar en el ordenamiento y transparencia de una actividad que no se ajusta a la normativa, tomando como punto de partida la disposición de la información mínima exigible que debe aportar una actividad de carácter profesional.
Ver decreto CLIK ACA
Cultura, educación, ciencia y deporte
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